¿QUÉ SON LOS ENCLAVES LABORALES?

Es un contrato entre una empresa y un Centro Especial de Empleo (CEE) para la realización de obras o servicios que guarden una relación directa con la actividad normal de aquella. Para llevarlo a cabo, un grupo de trabajadores con discapacidad del CEE se desplaza temporalmente al centro de trabajo de la empresa colaboradora. (Real Decreto 290/2004, de 20 de febrero, por el que se regulan los enclaves laborales como medida de fomento del empleo de las personas con discapacidad.)

TRABAJADORES

COMPOSICIÓN

DURACIÓN

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AYUDAS A LA CONTRATACIÓN

CONTRATACIÓN INDEFINIDA DE PERSONAS TRABAJADORAS CON DISCAPACIDAD EN EL MERCADO ORDINARIO DE TRABAJO, ADAPTACIÓN DE SUS PUESTOS DE TRABAJO O DOTACIÓN DE MEDIOS DE PROTECCIÓN PERSONAL Y AL TRÁNSITO DEL EMPLEO PROTEGIDO DE LOS ENCLAVES LABORALES AL MERCADO ORDINARIO DE TRABAJO.

Convoca: Junta de Castilla y León

• Programa I: Fomento de la contratación indefinida y transformación en indefinidos de contratos de personas trabajadoras con discapacidad.
• Programa II: Fomento de la adaptación del puesto de trabajo o dotación de medios de protección personal de personas trabajadoras con discapacidad.
• Programa III: Fomento del tránsito del empleo protegido de los enclaves laborales al mercado de trabajo ordinario.

¿Quién lo puede solicitar?

a) Las empresas y entidades sin ánimo de lucro que incorporen a personas trabajadoras con discapacidad.
b) Las empresas colaboradoras que incorporen a personas trabajadoras con discapacidad procedentes de los enclaves laborales, regulados por el Real Decreto 290/2004, de 20 de febrero
c) Las Cooperativas de Trabajo que incorporen como socios a personas trabajadoras con discapacidad.

¿Qué es subvencionable?

• Programas I y III: Serán subvencionables las contrataciones y transformaciones de contratos que, cumpliendo los requisitos y condiciones previstas en la convocatoria, se hayan realizado desde e plazo previsto en la misma.
• Programa II: Serán subvencionables las adaptaciones de puestos de trabajo o dotación de medios de protección personal que se hayan realizado desde la fecha que indique la convocatoria.

¿Importe de la ayuda?*

1.-La celebración de contratos de duración indefinida o la transformación en indefinidos de contratos temporales en los términos señalados en la presente orden se subvencionará desde 5.500,00 € por contrato celebrado a jornada completa. Cuando el contrato por tiempo indefinido se concierte a tiempo parcial, la cantidad anterior se reducirá en proporción a la jornada pactada.
2.-La adaptación del puesto de trabajo o dotación de medios de protección personal de personas trabajadoras con discapacidad se subvencionará por una cuantía máxima de 1.800,00 €, con el límite, en todo caso, de la inversión realizada.
3.-El fomento del tránsito del empleo protegido en los enclaves laborales al mercado de trabajo ordinario se subvencionará con un complemento adicional de 2.000,00 € por cada contratación indefinida celebrada a jornada completa de personas con discapacidad que presenten especiales dificultades para el acceso al mercado ordinario. Si el contrato fuera a tiempo parcial, la subvención se reducirá proporcionalmente según la jornada de trabajo pactada.

* Se estará en todo caso a lo que establezca la convocatoria correspondiente y una vez se publique conforme al Real Decreto 818/2021 de 28 de septiembre.

BONIFICACIONES Y REDUCCIONES A LA CONTRATACIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD

JORNADA FEACEM CYL

ENCLAVES LABORALES, ESPACIO DE OPORTUNIDADES

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