¿Importe de la ayuda?*
1.-La celebración de contratos de duración indefinida o la transformación en indefinidos de contratos temporales en los términos señalados en la presente orden se subvencionará desde 5.500,00 € por contrato celebrado a jornada completa.
Cuando el contrato por tiempo indefinido se concierte a tiempo parcial, la cantidad anterior se reducirá en proporción a la jornada pactada.
2.-La adaptación del puesto de trabajo o dotación de medios de protección personal de
personas trabajadoras con discapacidad se subvencionará por una cuantía máxima de 1.800,00 €, con el límite, en todo caso, de la inversión realizada.
3.-El fomento del tránsito del empleo protegido en los enclaves laborales al mercado de trabajo ordinario se subvencionará con un complemento adicional de 2.000,00 € por cada contratación indefinida celebrada a jornada completa de personas con discapacidad que presenten especiales dificultades para el acceso al mercado ordinario. Si el contrato fuera a tiempo parcial, la subvención se reducirá proporcionalmente según la jornada de trabajo pactada.
* Se estará en todo caso a lo que establezca la convocatoria correspondiente y una vez se publique conforme al Real Decreto 818/2021 de 28 de septiembre.